Fortalecer en los estudiantes la formación en valores, el desarrollo de las competencias ciudadanas y la solución pacífica de los conflictos para lograr mejores relaciones interpersonales, un buen clima escolar y una sana convivencia en la institución..
ESTRATEGIAS:
El desempeño convivencial de los estudiantes se valora teniendo en cuenta los siguientes elementos:
1. PROCESO DE FORMACIÓN:
Tiene en cuenta el comportamiento y actitudes del estudiante, a través de la vivencia de los valores agustinianos, valores fundamentales para la sana convivencia, logrando así el cumplimiento estricto de los deberes del estudiante agustiniano. Se determina a través de la revisión del proceso formativo donde se materializan los reportes y registros de las situaciones convivenciales presentadas por el estudiante (40%).
2. COMPETENCIAS SOCIO-EMOCIONALES:
Se mide el nivel de desempeño de las siguientes competencias: “Autoconciencia: conocernos, entendernos y confiar en nosotros mismos; Autorregulación: manejar con eficacia nuestras emociones, pensamientos y comportamientos en diferentes situaciones; Conciencia social: entender los sentimientos, necesidades y preocupaciones de los demás; Comunicación positiva: expresarse y escuchar a los demás de forma constructiva.” Se determina a través de: la Heteroevaluación (40%) que comprende la valoración que hace el docente; la Coevaluación (10%) que es la valoración que realizan los estudiantes como pares y la Autoevaluación, (10%) que comprende el juicio y reflexión personal del estudiante sobre su comportamiento, relaciones intrapersonales e interpersonales, debilidades, fortalezas y aspectos a mejorar.
1 MEJÍA, J. Y OTROS. Programa de Educación Socioemocional- Paso a Paso. Guía del docente. Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento-Banco Mundial. Oficina Lima, Perú. Segunda Edición. Junio de 2016. P. 5.
La Ruta de Atención Integral para la convivencia escolar
Define los procesos y protocolos que deberán seguir las entidades e instituciones que conforman el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, en todos los casos en que se vea afectada la convivencia escolar y los derechos humanos, sexuales y reproductivos, de los estudiantes de las instituciones educativas. (Artículo 29, Ley 1620 de 2013).
